Alejandro Merino opina sobre tema de infundada vacancia cabrejos

Guadalupe.- El Abogado guadalupano Alejandro Merino Huaman, según el análisis concluye lo siguiente: El JNE no se ha pronunciado sobre el fondo, y el fondo tiene que ver por el cobro indebido de dietas por la no asistencia a dos sesiones, no obstante que estas dietas fueron devueltas sin embargo el JNE no se pronuncia en ese sentido.


El JNE rechaza la apelación en virtud de una indebida tipificación del solicitante, el solicitante pide se declare la vacancia porque el regidor ha cometido el delito de “cobro ilegal de dietas”, el JNE manifiesta lo siguiente:


Primeramente ellos no con competentes para tipificar los delitos y si se trata de un delito, quien sanciona los delitos es el Juzgado Penal y si es trascendencia y es confirmada ya no debe pedirse vacancia por la comisión de delito, sino tener sentencia condenatoria, cosa que no se ha hecho, como que también no se ha denunciado como delito, ni ante el Poder Judicial ni ante el Ministerio Público.


Ahora que esto ya sea po ausencia injustificada por 30 días sin motivos, nepotismo, la apropiación indebida de los bienes de la Municipalidad es otra tipificación.


En todo caso la enmarcación del tipo debió haberse circunscrito en esa figura, pero no lo han hecho así, lo han hecho como delito y como quiérase que el JNE no conoce las investigaciones por delito, sino causales por condena, por sentencia condenatoria, que no es el caso, lo ha rechazado por falta de tipificación.


Han enfocado una causal como comisión de delito, como si se tratara de una denuncia penal, cuando la denuncia a invocar debe ser como lo que consta en la LOM.

No hay comentarios: